Cuando tus vacaciones coinciden con una Incapacidad Temporal, total o parcialmente, puedes aplazarlas. Podrás continuar disfrutando las vacaciones una vez finalizada la incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses, a partir del final del año en que se hayan originado. Este derecho está recogido en el Artículo 38.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Ser positivo en COVID-19 es una Incapacidad Temporal, durante la cual no es posible trabajar

Recuerda que ser positivo en COVID-19 es una Incapacidad Temporal por Enfermedad Común o Laboral —en el caso de que el contagio se origine en el centro de trabajo—. En AYESA AT, para ambos supuestos, el salario es del 100% desde el primer día de baja.

Si tu incapacidad laboral coincide con las vacaciones, solicita lo antes posible a la empresa la anulación de los días de vacaciones, para poder disfrutarlos en otro momento.

Contacta con tu representante de UGT para cualquier duda o consulta.