El pasado lunes 8 de enero, comenzamos la semana con un correo donde CSC alertaba del cumplimiento en nuestras nóminas del nuevo salario mínimo interprofesional de 2019, porque según entienden ellos, como pusieron en su correo, este salario se determina con importes netos, no brutos, lo que dejaba a grupos de las 4 áreas de las tablas salariales del convenio por debajo del SMI, incluidos los del área 3 que es falso.

Hay que saber diferenciar entre lo que es actualmente y lo que nos gustaría que fuera

¿Por qué no aclarar este tema con fuentes oficiales y no con lo que yo pienso y entiendo? Como se ha explicado en el comunicado del Comité de empresa de Ayesa AT, porque el SMI del Art. 27, se aplica sobre el salario, definido en el Art. 26 del Estatuto de los Trabajadores.

Como “prueba” adjuntan en el correo del 14 de enero la siguiente captura.

El cual encontramos ni más ni menos que en un artículo de febrero de 2018 de la web Bolsamanía.

Siguiendo su ejemplo, podríamos tomar otras fuentes alternativas para “probar” que el SMI es un importe bruto.

En el periódico El Español

En la web de RTVE

En la web de derecho laboral Laborser

O entre una de las propuestas en 2018 de Plaza Podemos, del partido Unidos Podemos, donde precisamente se pide que el SMI sea un importe neto, porque actualmente es bruto.

Así que como veis, en vez de reconocer el error, desde CSC continúan intentando justificar su fake news con entendimientos y supuestos, sesgando los puntos de la fuente oficial en nuestro Estatuto de los Trabajadores a su interés.

No nos extrañaría que en la próxima fake news de CSC, pongan como fuente a OK diario.