Supongamos que un familiar de primer o segundo grado de parentesco* es ingresado en un hospital por enfermedad y días después el equipo sanitario decide practicar una intervención quirúrgica. Ante esta situación, tenemos derecho a 2 permisos retribuidos:

2 DÍAS por accidente, enfermedad grave u hospitalización (incluye parto familiar)

2 DÍAS por intervención quirúrgica sin hospitalización, con reposo domiciliario

Nuestro Convenio colectivo recoge que si el familiar está a más de 200 km de nuestro domicilio, el permiso es mejorado con 2 días más para cada uno de los conceptos (4 días por hospitalización y otros 4 días por intervención quirúrgica).

Recordemos que Ayesa AT tiene una mejora para estos permisos, pudiendo ser días naturales o días laborales. Para el permiso de días laborales no consecutivos, es necesario presentar justificante por cada uno de los días (ver comunicado en UGT-AAT.org del día 05/04/2016). Tienes toda la información necesaria publicada en la Tabla de Permisos de Ayesa AT.