La sentencia del Tribunal Supremo respecto al día de inicio de los permisos retribuidos, aunque abre el camino para su aplicación, aún no crea jurisprudencia como indicaba CSC en su correo, ya que para ello haría falta una segunda sentencia del Tribunal Supremo. O bien un acuerdo en la Comisión Mixta Paritaria con su aplicación en nuestro XVII Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado.
Así que para no engañaros, no se puede dar por hecho que la aplicación de los días de permiso retribuidos se cuenta a partir del primer día laboral como indica la sentencia, ya que por ahora, sólo tiene cobertura en el ámbito del convenio de Contact Center/Telemarketing para el que se demandó.
UGT ha trasladado este asunto a la Comisión Mixta Paritaria, para que las patronales TIC reconozcan esta nueva doctrina