Como una de las funciones de una sección sindical es la de mantener informados a todos los compañeros y compañeras y dado que otros sólo se dedican a desinformar, vamos a aclarar las dudas de algunas de las medidas más importantes del Plan de Igualdad, para que no se quede en la desinformación.

Ajuste de salida a las 18:00
Como todos sabéis, menos unos pocos, el horario de presencia obligatoria estaba establecido de Lunes a Jueves hasta las 18:30 en general. Otra cosa son horarios excepcionales de algunos proyectos, pero si no estás en estos proyectos, tenías que estar hasta las 18:30.

Comienzo de la jornada a las 7:45
Al igual que en lo anterior, antes el registro de entrada empezaba a contabilizar a partir de las 8:00, excepcionalmente para algún personal o proyecto, se permite el registro antes de esa hora. Pero si no estás en esos casos, aunque llegaras antes de las 8:00, no te contabilizaba para nada.

4º tramo de vacaciones
Para refresco de la memoria de algunos y como información para aquellos que llegásteis después de 2012, en verano de ese año la empresa impuso una MSCT (Modificación Sustancial de la Condiciones de Trabajo) donde se recoge el horario comentado anteriormente y que se refleja cada año en el calendario de la intranet, las 1.760 horas anuales, 2 meses de jornada intensiva de verano, bolsa de horas y los 3 tramos de vacaciones. Cabe recordar que en aquel momento ya se interpuso denuncia y se perdió en los juzgados.

Piloto de teletrabajo
Hasta ahora, sólo en casos muy puntuales o algunos mandos intermedios, realizaban trabajos desde casa, pero como en casos anteriores, esto no es lo general si no estás en esa situación. Por ello este piloto, es el inicio para que este tipo de trabajo se llegue a generalizar, como sabemos que está implantado en otras empresas de nuestro sector para cualquier empleado.

Mejoras en la Bolsa de material escolar/vestuario
La ayuda de 100€ aumentó a 120€ y también se amplió el límite salarial para acceder a este beneficio, pasando de 20.000€ a 23.000€ brutos anuales. Esto significa que más personas tienen acceso a este beneficio.

Bolsa de 8 horas anuales para acompañamiento médico
Hay que dejar claro que el acompañar a tu hijo o hija menor de edad, o a tu cónyuge, a unas urgencias médicas son un permiso justificado y retribuido como tal sin usar la bolsa de 8 horas. No así para una consulta médica o tratamiento médico, que estaría justificado pero habría que recuperar el tiempo de ausencia.

La concesión de este permiso como retribuido para acudir con el hijo al médico, deberá contar con criterios de razonabilidad y justificación quedando acreditado que no se pueda acudir fuera del horario de trabajo sin comprometer la salud del menor y que no exista la posibilidad de ser acompañados por el otro progenitor.

Esto quedó probado en la sentencia del Tribunal Supremo de Galicia en 2011 dado el estado crítico y crónico de la hija de la trabajadora y por el contrario se deniega en la sentencia del Tribunal Supremo de las Palmas de Gran Canaria de 2017 donde no se daba esta criticidad para una consulta de especialista y una analítica.

Además contempla, por consanguinidad de 1º grado, el acompañamiento médico a familiar con minusvalía o mayores de 65 años y tiempo para pruebas/tratamientos médicos de enfermedades raras o graves.

Equiparación de derechos para parejas de hecho con matrimonios
Se equiparan los permisos justificados y retribuidos que tienen las parejas en matrimonio con las parejas de hecho, así como los 15 días por consensuar el matrimonio o pareja de hecho.

Como algunos recordaron, estos 15 días para parejas de hecho estaban reconocidos en la anterior Sadiel, no así los permisos, como el acompañamiento a urgencias, hospitalización, parto o defunción de tu pareja de hecho entre otros.

Pero esto lo concedia Sadiel y ahora en Ayesa AT no se reconocía. Habría que recordar a algunos que en mayo de 2011, Sadiel entregó al comité de aquel entonces con mayoría absoluta de Parato2 (unión mayoritaria de CSC con CCOO) una propuesta de convenio de empresa, donde se mantenían además una serie de beneficios como la jornada intensiva de verano de 3 meses, sin tramos de vacaciones, los incrementos por antigüedad no eran absorbibles ni compensables sobre el complemento salarial individual, etc.

Se adjunta la propuesta de convenio que rechazó Parato2 y que UGT sí quería conservar.