Desde este mismo mes de enero de 2019, está disponible la solicitud de devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad de los ejercicios 2016 y 2017.
Recuerda que si ya has presentado el formulario para los ejercicios 2014 y 2015, no debes volver a marcarlos, pues retrasaría la tramitación de la primera solicitud.
Recuerda que si percibiste la prestación a finales de 2016 y principios de 2017, debes marcar ambos años.
Recuerda que aunque no presentaras la declaración de la renta, puedes solicitar la devolución de las retenciones.
Hacienda te ingresará la devolución en la cuenta corriente que indiques en el formulario, con intereses de demora si tuviste que pagar de más en la declaración. Si pasan más de 6 meses desde la entrega del formulario, Hacienda también estará obligada a pagar los intereses de demora.
¿Puedo solicitar la devolución del IRPF?
¿Cómo se hace?
¿Qué plazos tengo?
Todas las respuestas en nuestro blog UGT-AAT.org
Cómo solicitar la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad